La derivación tributaria y la responsabilidad del artículo 367 TRLSC no son automáticas. Hay supuestos legales que deben cumplirse y errores de procedimiento que podemos utilizar en tu defensa. Pero los plazos son estrictos.
No toda deuda de la empresa se convierte automáticamente en deuda del administrador. Pero estas tres vías lo hacen posible, y hay que conocerlas.
La AEAT declara al administrador responsable subsidiario o solidario de las deudas tributarias de la sociedad. Es el expediente más frecuente y tiene plazos de impugnación muy cortos.
El administrador responde solidariamente de las deudas sociales cuando no convoca junta para disolver la sociedad en los dos meses siguientes a que concurra causa legal de disolución.
El administrador responde directamente por los daños causados a socios o terceros en el ejercicio del cargo. Requiere demanda judicial y la acreditación del daño concreto.
Si la respuesta es sí a alguna de ellas, tienes riesgo de responsabilidad personal. Cuanto antes actúes, más opciones defensivas tendrás.
Los plazos para impugnar un acuerdo de derivación tributaria son 15 días hábiles desde la notificación. Pasado ese plazo, las opciones de defensa se reducen drásticamente.
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Analizar mi situación ahora →La derivación de responsabilidad no es automática. Estos son los argumentos que analizamos en cada expediente.
La responsabilidad subsidiaria del art. 43.1.a) LGT exige que el administrador haya incumplido sus obligaciones de forma activa. Si el cargo era formal o si no había capacidad real de decisión, hay argumentos sólidos.
Art. 43.1.a) LGTEl procedimiento de derivación está tasado. Errores en la notificación, falta de audiencia, trámites omitidos o prescripción de la deuda principal son vicios que pueden anular el expediente.
Arts. 174-176 LGTEl art. 367 TRLSC solo opera si existía causa de disolución en el momento de contraer la deuda. Si la situación patrimonial era otra en ese momento, el administrador puede no ser responsable de esas deudas.
Art. 367 TRLSCTanto la acción de derivación tributaria como la responsabilidad societaria están sujetas a plazos de prescripción. Una derivación notificada fuera de plazo es impugnable con éxito.
Art. 66 LGT · Art. 241 bis TRLSCSi el administrador ya no ostentaba el cargo cuando se devengaron las obligaciones tributarias, la derivación carece de base. La inscripción registral del cese tiene efectos frente a terceros.
Art. 43.1.a) LGT · Art. 222 TRLSCEn consejos de administración, la responsabilidad no siempre es solidaria entre todos los consejeros. El alcance real de las facultades delegadas es un argumento defensivo relevante.
Art. 237 TRLSCDetectas el problema antes que nadie: ves el desequilibrio patrimonial, los impagos a Hacienda, las deudas sociales. Pero la defensa jurídica de un expediente de derivación o una acción del art. 367 TRLSC no es materia de asesoría. Es materia de despacho especializado.
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Administrador único de SL con deuda tributaria de 87.000 €. Expediente de responsabilidad subsidiaria del art. 43.1.a) LGT. Recurso de reposición estimado por defecto formal en el procedimiento de derivación.
Demanda de proveedor por 120.000 € contra los dos administradores solidarios. Acreditación de que la causa de disolución surgió con posterioridad a la deuda. El juez limita la responsabilidad a las deudas posteriores al desequilibrio patrimonial.
Acción individual de socio minoritario reclamando 45.000 € de daños al administrador. Acreditación de que las decisiones societarias fueron adoptadas en junta con el voto favorable del propio demandante.
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